Un requisito imprescindible para que la sociedad adquiera plena capacidad jurídica.
Todas las sociedades, incluyendo las sociedades laborales y excluyendo la sociedad civil o irregular y la empresa individual o persona trabajadora autónoma.
En el Registro Mercantil de Navarra, excepto las cooperativas que deben inscribirse en el Servicio de Trabajo, sección Economía Social, Trabajo Autónomo y Registros Públicos Laborales.
En el Registro Mercantil de Navarra hay que presentar solicitud de presentación de documentos conforme la instancia, adjuntando:
Para el Registro de Cooperativas de Navarra cursaran solicitud de inscripción acompañada de una copia simple de la escritura pública de constitución y declaración sobre la clase de actividad que la proyectada Cooperativa va a realizar.
La inscripción en el Registro Mercantil hay que solicitarla antes de que caduque la certificación negativa de la denominación social expedida por el Registro Mercantil Central y antes de un mes del otorgamiento de la escritura de constitución en la notaría.
La inscripción en el Registro de Cooperativas de Navarra debe realizarse en el plazo de 2 meses desde la escritura de constitución de la sociedad
Conforme a lo establecido en los registros.