Altas de las personas trabajadoras en el Régimen de la Seguridad Social

¿QUÉ SON?

Actos administrativos mediante los que la Tesorería General de la Seguridad Social reconoce la condición de incluida en el Sistema de Seguridad Social a la persona física que por primera vez realiza una actividad que esté incluida dentro del campo de aplicación del Sistema de la Seguridad Social.

Mediante este acto administrativo se establece una relación jurídica con la Seguridad Social.

¿QUIÉN DEBE REALIZARLO?

La empresa está obligada a dar de alta en el Régimen General de la Seguridad Social a todas las personas trabajadoras por cuenta ajena que prestan sus servicios a la misma.

LUGAR DE TRAMITACIÓN

En la Administración de la Tesorería General de la Seguridad más cercana al domicilio de la empresa.

Además de personalmente se pueden tramitarlas mediante el Sistema RED (Remisión Electrónica de Documentos) que permite el intercambio de información y documentos entre la Tesorería General de la Seguridad Social y las entidades usuarias a través de internet. Para ello, se debe solicitar en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la autorización al Sistema RED.

DOCUMENTACIÓN

La solicitud se realiza en el modelo TA.2/S.

PLAZO

La solicitud debe realizarse antes del inicio de la relación laboral y se puede solicitar con una antelación de hasta 60 días naturales.

TASA/CUOTA

El trámite es gratuito.

MÁS INFORMACIÓN

Plaza Vieja s/n 31500 Tudela - Navarra. Tel. +34 948 417100 industria@tudela.es
Ayuntamiento de Tudela