Libros contables y fiscales

¿QUÉ SON?

Son libros de registro que debe llevar obligatoriamente toda empresa:

  • Libro de Actas las Juntas generales y de los órganos colegiados de la sociedad.
  • Libro de registro de socios y de acciones nominativas.
  • Libro de registro de contratos.
  • Libro de diario.
  • Libro de inventario y cuentas anuales.

Libros de registro en el IRPF.

  • Libro registro de ventas/ingresos.
  • Libro de compras/gastos.
  • Libro de bienes de inversión.
  • Libro de provisión de fondos y suplidos.

Libros de registro sobre el IVA.

  • Libros registro de facturas expedidas.
  • Libro de facturas recibidas.
  • Libro de bienes de inversión.
  • Libro de determinadas operaciones intracomunitarias.

¿QUIÉN DEBE REALIZARLO? 

Quienes tengan la representación legal de la empresa.

Dependiendo de la forma jurídica y de cómo se tribute en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) e Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) son obligatorios unos u otros libros.

ORGANISMO GESTOR

DOCUMENTACIÓN

Hacienda Navarra pone a disposición de las personas empresarias o profesionales un formato de libro de registros de IVA e IRPF.

Se permite la llevanza conjunta de los libros de IVA e IRPF.

PLAZOS 

La presentación de los libros para su legalización en el Registro Mercantil competente por razón del domicilio, deberá ser por vía telemática, tras su cumplimentación, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio social.

TASA/CUOTA

Tasas del Registro Mercantil de Navarra.

MÁS INFORMACIÓN

NORMATIVA

  • ORDEN FORAL 17/2021, de 5 de febrero, de la Consejera de Economía y Hacienda, por la que se regula la llevanza de Libros registro en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
  • Normativa IVA en Navarra (Hacienda Navarra).

Plaza Vieja s/n 31500 Tudela - Navarra. Tel. +34 948 417100 industria@tudela.es
Ayuntamiento de Tudela